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Política Sectorial

Las hortalizas pesadas también deberán emitir DTV

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|Argentina|

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) estableció, a través de una disposición conjunta publicada en el Boletín Oficial de la Nación, el uso obligatorio del Documento de Tránsito General (DTV) para hortalizas pesadas. Fue emitida por la Dirección Nacional de Protección Vegetal y la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.

La reglamentación será exigida para el traslado en fresco de raíces, bulbos y tubérculos que pudiesen comercializarse dentro del país, importarse o exportarse. De esta forma, batata, papa, ajo, cebolla y tubérculos andinos deberán dar cuenta de su zona de origen y trazabilidad. La norma entrará en vigencia dentro de 120 días (a partir de su publicación realizada el día 15 de junio).

Al respecto de esto último, el Ingeniero Agrónomo Ramón Campomane, director de la Dirección Nacional de Protección Vegetal de Senasa, explicó en una entrevista radial con el periodista Horacio Esteban: “Iremos haciendo algunos movimientos de pruebas, ajustando el sistema para que estén las condiciones dadas y la implementación sea lo más práctica posible”.

De esta manera, las hortalizas pesadas se adherirán al DTV (que salió en 2015 y comenzó a utilizarse en 2016 con cítricos, vid para consumo en fresco, algodón, etc.). El funcionario explicó que la idea es que simplificar a un solo documento a todos los productos vegetales que transitan, buscando “garantizar la trazabilidad de los productos y regular los movimientos" donde "tanto los orígenes como los destinos estén debidamente registrados y actualizados”.

Esta herramienta permite conocer el origen de la mercadería y obtener la información para que, en caso de alertas alimentarias, sea posible ubicar los lotes afectados y verificar donde se ha registrado el problema, pudiendo dar respuesta de esta manera a cualquier tipo de situación irregular e incluso notificando de la misma a los países importadores.

Mediante el DTV es posible verificar la trazabilidad de los productos con su identificación, origen y destino final para resguardar así el estatus fitosanitario argentino y cuidar la salud del consumidor.

Asimismo, Senasa establecerá sanciones para quienes no cumplan con la regulación, según lo dispuesto por la Resolución 38/2012 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.

DTV en los mercados

Cabe destacar que el Documento de Tránsito Vegetal se emite por autogestión por parte del interesado (el productor, en caso de que sea desde el campo) que lo envía hacia otro destino, el cual también debe estar registrado (los operadores en los mercados concentradores). El destinatario, cuando recibe la mercadería con DTV, debe “cerrarlo” es decir, dar un cierre definitivo al movimiento, dando fe que el lugar de donde recibe la mercadería estaba declarado en los registros.  De igual manera este trámite debe cumplirse cuando los circuitos sean de empaques o almacenamientos, de importación o exportación.

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