Política Sectorial
Quita de retenciones para pymes exportadoras: ¿cuál es el impacto?
|Argentina|
En el día de ayer el gobierno nacional oficializó, a través de los decretos 280/2019 y 335/2019, la reducción de los derechos de exportación para pequeñas y medianas empresas, tal como había adelantado semanas atrás. Sin embargo, las cláusulas de este beneficio dificultan el acceso masivo y parecen restarle impacto a la medida.
Según el anuncio no pagarán derechos de exportación las pymes que, en términos FOB, hayan exportado más que el año anterior, siempre y cuando el valor total de esas exportaciones no haya superado los 50 millones de dólares. A su vez, esta desgravación se haría sólo por el incremental de lo exportado entre el año pasado y este.
Pero además, la quita de retenciones tendrá un “tope” ya que el monto sujeto a desgravación no podrá superar los 600 mil dólares. En caso de que se exceda este límite, la quita de retenciones procederá sólo por la parte que corresponda.
La medida estará vigente desde el 8 de mayo de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020, y solo se aplicará sobre las operaciones de exportación de las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM).
En este sentido, es necesario tener en cuenta que si los cálculos para esta eliminación de impuestos se realizan a partir de lo exportado en 2019 -y en comparación a los números de una temporada atrás- el descuento será efectivo recién para 2020, lo que significa que no tendrá impacto inmediato en el sector.
Además, la medida se apoya en un potencial crecimiento de los valores exportados, aun cuando el sector reclama que los 4 pesos por dólar que se deben abonar actualmente son, precisamente, la gran piedra en el zapato que tiende a reducir los volúmenes enviados al exterior, porque encarece el valor final de la fruta (que de por sí tiene altos costos por su mano de obra intensiva) volviéndola menos competitiva en los mercados internacionales.